Si usted tiene deudas por infracciones al Código de tránsito, a través de la Ley 2027 de 2020, el gobierno otorgó un especie de Perdón por una única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020 por Multas impuestas hasta el 31 de mayo del presente año, pero no es un perdón y olvido, esta amnistía que establece la Ley es en cuanto a:
Así que las personas que tengan estas multas pueden acogerse a los beneficios que otorga esta ley y ponerse al día con sus obligaciones. En este sentido, las personas que firmen un acuerdo de pago, dentro de lo que señala esta ley tendrá un año (que se cuenta a partir de la firma de éste) para que pague la deuda. No obstante hay que pagar todas las cuotas porque si no cancela una, pierden este beneficio y desde a las autoridades de Tránsito inicia a cobrar la totalidad de lo adeudado procediendo a reportar esto al Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito - SIMIT. ¿En dónde se puede realizar este trámite? Este proceso lo puedes realizar en las dependencias de los organismos de tránsito o a través del SIMIT a nivel nacional. Ojo que este beneficio no es para todos, aquellas personas que fueron multados por conducir embriagados o bajo sustancias psicoactivas no les será reconocido esta amnistía. No dejes pasar el tiempo, recuerda que si dejas para después del 31 de diciembre pues ya no es posible realizar este proceso. El tiempo es un punto clave a tener en cuenta para la exigilidad de derechos, |
AutorANancy Alarcón Moreno Contáctame, únicamente te invito a que inicialmente:
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Febrero 2021
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