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Los campesinos una población que está en el limbo en materia de derechos laborales y de seguridad social

7/15/2020

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Foto de Binyamin Mellish en Pexels
Colombia es un país principalmente agrícola, pero a la hora de ver las condiciones laborales en que trabaja esta población se puede ver que en que este sector, impera la informalidad. Por ejemplo, tradicionalmente un campesino trabaja por jornales, hasta ahí podríamos considerar que la normatividad que más se ajusta, sería la de las empleadas del servicio doméstico, otros trabajan por obra o labor y otros de “tiempo completo”, lo que implica un trabajo superior a las 8 horas diarias permitidas o más de las 48 horas semanales. Pero si se le pregunta a un campesino si tiene un salario fijo o si está afiliado al sistema de seguridad social, lo más probable es que diga que no.

Resulta ser un lujo contar con todas las prestaciones y garantías laborales; además, causa hasta risa que un campesino reciba una dotación para el desempeño de sus labores, ¿Qué campesino recibe las tres dotaciones al año como lo establece la Ley?

Podríamos decir que cada caso se analizará de acuerdo a los hechos y a la normatividad que más se ajuste, pero hagamos cuentas, pensemos en Zutanito que sus patrones le han encargado la labor del cuidado de una finca, él no está sólo,  sino que esta con la esposa y sus hijos, su labor además consiste en  todo el trabajo que se requiera para mantener la finca, el ganado y los cultivos, en contraprestación de esto, a él le “permiten” vivir en la casa, y recibe un salario de 900.000 mil pesos mensuales.  Esta familia pues acepta porque finalmente “no gastan mucho” resulta que al cabo de 11 años cuando el señor ya no cuenta con la misma fuerza y capacidad de trabajo que antes, lo despiden, le dan algo de dinero como “reconocimiento” por su trabajo y lealtad de por tantos años.  Y ahora ¿Qué?  Le toca vivir de los jornales que consiga, pero… no se le pagará igual que a un joven, ¿qué tal si se enferma? Pues nunca fue afiliado a salud y pensión como lo determina la Ley.

Pues bueno en términos legales a Zutanito le deberían liquidar por cada año de servicio, teniendo en cuenta:
  1. Prima de servicios
  2. Vacaciones
  3. Cesantías e interés a las cesantías

Esto como mínimo ya que, en el caso, el deber ser, seria que se le cancelara horas extras.
Ahora, él nunca fue afiliado a seguridad social; es decir, salud, pensión y riesgos profesionales, en este sentido es el empleador el que debería asumir la pensión de Zutanito.  ¿Qué pasaría si el señor sufre un accidente laboral? Al empleador al actuar con negligencia debe asumir la pensión de invalidez si la disminución de la capacidad laboral se ve reducida en un 50% o más.  El caso se complejizó y la responsabilidad del empleador es aún mayor de lo que la gente comúnmente cree.

Ahora ¿Qué pasa cuando un campesino contrata a otros, pero no cuenta con los suficientes recursos para cumplir con lo que la Ley exige? ¿Qué sucede por ejemplo cuando el salario de los campesinos depende de las ganancias de las cosechas? ¿Que si ha perdido y el campesino no cuenta con recursos para mantener a su familia y debe cumplir con las obligaciones con sus trabajadores?

Actualmente en Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo no se refiere a esta materia en particular, y no se ha avanzado para que se expida una ley al respecto. Por lo cual, Colombia está en deuda con los campesinos y en si con el sector agrícola.

Aquí es donde cobra importancia el imperativo de modificar el Código Sustantivo del Trabajo y establecer normas que regulen este tema, de acuerdo a la realidad que viven los campesinos y así se empiece a organizar este sector especialmente para no violentar los derechos laborales.
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 Y ustedes, ¿Qué opinan?
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    AutorA

    Nancy  Alarcón Moreno
    Abogada, Magister en Derechos Humanos, 
    Directora en Corporación SerVoz

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